Asepri debate con las autoridades británicas las inquietudes del sector infantil en Reino Unido, post Brexit.

Asepri presenta las inquietudes del sector en el grupo de trabajo Border Facilitation Group Uk , ocasionadas por el Brexit.
ASEPRI ha participado , a través de nuestro presidente Álvaro Toubes, al que le agradecemos su intervención en defensa de los intereses del sector, en una de las reuniones del Border Industry Facilitation Group (BFG).
En este grupo se discute con las autoridades británicas las posibles incidencias ocasionadas por el Brexit para facilitar el comercio exterior. Participan la HMRC, la hacienda británica , la hacienda española, operadores logísticos, asociaciones sectoriales y la Embajada española en Londres.
Se han generado dos problemáticas que afectan directamente a nuestro sector:
La primera, la aplicación de un IVA del 20% , cuando la moda y calzado infantil se beneficia de un IVA superreducido del 0% , y las sillas de coche para niños de un IVA del 5%. Sin embargo, la hacienda británica estaba repercutiendo los gastos de IVA de importación correspondientes al tipo general , a pesar de lo indicado en la Instrucción 714 del HMRC.
Los códigos Taric específicos de moda y calzado infantil no diferencian ( a partir de la talla 24 M) entre las prendas de adultos e infantiles, lo que ha hecho que los intermediarios aduaneros hayan cumplimentado de manera errónea la declaración aduanera de importación.
Para evitar futuras incidencias, la factura que presenten las empresas españolas deben reflejar lo siguiente:
En un lugar prominente, una frase indicando que se trata de ropa/calzado infantil sujeto a IVA cero , incluir en la descripción de cada posición arancelaria, la talla/ edad y la palabra Childrenswear. Incluso haciendo la mención al caso específico “case 47c (VAT tax line) goods are VAT exempted (Code Z – The goods are zero rated), que es la casilla donde el funcionario aduanero debe indicar que el producto importado está exento de IVA.
Igualmente, tanto las autoridades británicas, como desde Asepri, hemos difundido la nota informativa IVA, elaboradora por la Oficina comercial española en Londres, entre los operadores de logística españoles y británicos. Desde Reino Unido se comprometen a intensificar la formación de los agentes aduaneros.
Uno de los puntos importantes que resolvimos ayer fue la recuperación del Iva INDEBIDAMENTE cobrado a través del siguiente procedimiento. Si el exportador español o el importador británico están registrado por IVA en Reino Unido tienen la opción de recuperar de recuperar ese IVA al realizar las declaraciones periódicas de IVA. Sin embargo, si el importador o el exportador español no están registrados por IVA en Reino Unido , deben solicitar la devolución del Iva indebidamente cobrado a través del documento c285. https://www.gov.uk/guidance/apply-for-repayment-or-remission-of-import-duties-c285-chief
Otro tema importante que hemos tratado es la necesidad de un proceso ágil para obtener número de IVA . Las principales razones que llevan a las empresas a registrarse por IVA en Reino Unido son son exportaciones de envíos inferiores a £135, que deben facturarse en origen con IVA británico; y recuperación del IVA de importación en las exportaciones DDP.
En este punto, la administración británica es consciente de la problemática y está trabajando para que se acorten los plazos. Anterior al Brexit eran de 3-4 semanas y que actualmente sufren un retraso de hasta 8 semanas. La demanda se ha multiplicado sustancialmente.
Igualmente , contamos con el apoyo de la NCWA National Childrenswear association que apoya a empresas fabricantes y puntos de venta independientes ingleses y que se encuentran con el mismo problema. Se les ha facturado un Iva incorrecto, en el caso de importar marcas europeas en condiciones DAP , donde la importación recae en el minorista británico.
Adjuntamos link con las guías prácticas , elaboradas por la Oficina comercial española en Londres :
- Nota Informativa IVA, con las claves para garantizar una importación en Reino Unido, sin incidencias, de máximo interés para las empresas infantiles.
- Nota de cómo gestionar las devoluciones de mercancía para evitar IVA y arancel, si procede.
- Guía reglas de origen para beneficiarse del acuerdo de cooperación Europa y Reino Unido , cuando el producto es de origen europeo, con arancel 0.
En Asepri , con la colaboración de la Oficina Económica y Comercial de España en el Reino Unido, estamos muy implicados en defender los intereses del sector e informar a las empresas de productos infantiles los pasos seguros a seguir para evitar incidencias en la importación de productos infantiles en Reino Unido.
Reino Unido es nuestro tercer mercado de exportación y ofrece múltiples oportunidades a las empresas del sector.
Más info : asepri@asepri.es